martes, 24 de noviembre de 2015

6D: la puerta hacia el cambio político en Venezuela


El reto de la nueva AN será recuperar su autonomía
            El nuevo Parlamento deberá inclinar la balanza hacia un equilibrio entre los poderes en nuestro sistema político.
            El futuro político de Venezuela se decidirá en los próximos comicios electorales del 6 de diciembre, con la elección de 167 diputados que tendrán la tarea de devolverle al Parlamento su autonomía, así como su función legisladora, representativa y controladora, que ha estado en pausa durante los últimos años.
            Es parte de la cultura política venezolana darle mayor relevancia a los procesos de elección presidencial que a los parlamentarios, pues el presidencialismo siempre ha estado presente en nuestra historia. Sin embargo, lo que está en puerta este 6 de diciembre es una oportunidad de jugar una posición delantera para inclinar la balanza hacia el equilibrio entre los poderes de nuestro sistema político.
            La Asamblea Nacional es el lugar del debate político por excelencia, entendido como la resolución de problemas a través de su discusión, entre diputados electos para representar proporcionalmente a la ciudadanía y atender sus demandas. Es el espacio donde se mueven los engranajes que ponen a andar el motor de la democracia, donde la ciudadanía tiene voz y voto en la toma de decisiones y en el control del poder, a través de la representación.
            Hay un peso importante en el papel que van a jugar los parlamentarios electos. El reto principal será recuperar la autonomía en el ejercicio de sus funciones, así como definir los temas prioritarios de la agenda legislativa. Se trata de contrarrestar el libre ejercicio de poder del Ejecutivo, que hasta ahora ha tenido carta blanca tras la constante delegación de competencias propias del órgano legislativo, a través de una excesiva aprobación de leyes habilitantes en el seno del Parlamento.
Mayoría simple vs. Mayoría calificada
            El artículo 187 de la Constitución lista 23 funciones principales del Parlamento. Dependiendo de la importancia de la decisión que se encuentre en discusión, la Carta Magna establece que el consenso debe lograrse en el marco de uno de los dos tipos de mayoría, la simple o la calificada.
            Para alcanzar una mayoría simple, es necesario contar con el voto de la mitad de los parlamentarios más uno, es decir, 84 diputados. Son muchos los cambios posibles de ejecutar con una mayoría simple, empezando por elegir las autoridades parlamentarias, posiciones claves para asegurar el desenvolvimiento de un debate equilibrado, libre y democrático.
            La mayoría simple tiene también la potestad de ejercer la función de control a través de interpelaciones, investigaciones, autorizaciones y aprobaciones parlamentarias previstas en la Constitución y en la ley. Tanto funcionarios públicos como particulares están obligados por el artículo 223 de la Constitución a comparecer ante las comisiones parlamentarias correspondientes y proporcionar la información que se les solicite en el marco del proceso investigativo.
            Son competencias de la mayoría simple: acordar un referéndum consultivo nacional para materias de especial trascendencia, como la consulta para un referéndum revocatorio, aprobar decretos de estado de excepción, y determinar las faltas absolutas del presidente según los lapsos que indica la Constitución, así como autorizar su enjuiciamiento por el TSJ. También podrá aprobar proyectos e iniciativas de enmienda y reforma de la  Constitución.
            Por su parte, la mayoría calificada puede dividirse en dos tipos, en algunos casos se necesitan 3/5 de los parlamentarios, lo que se traduce a 101 votos para llegar a un acuerdo, mientras que para otra jerarquía de decisiones se necesitan 2/3 de los votos, que equivale a 112 diputados.
            Esta mayoría tiene competencias tan importantes como renovar las autoridades en los Poderes Públicos. Para designar autoridades del CNE -5 rectores y sus suplentes- y Magistrados de Tribunal Supremo de Justicia, son necesarios 2/3 de los votos, así como para escoger los titulares del Poder Ciudadano, crear y modificar leyes orgánicas, y someter a referendo los tratados y acuerdos internacionales que pudieran comprometer la soberanía nacional.
            Asimismo, con la mayoría de 3/5, es decir, 101 diputados, podrán aprobar leyes habilitantes, dar moción de censura a los Ministros y al vicepresidente ejecutivo, así como decidir que el voto de censura acordado implique su destitución.
   Conforme al artículo 219 de la Constitución, la nueva representación de la ciudadanía deberá asumir el primer periodo de las sesiones ordinarias el 5 de enero del próximo año, fecha en la que una nueva mayoría deberá asumir el compromiso de equilibrar la balanza en el sistema político.

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