sábado, 26 de abril de 2025

ÚLTIMA JURISPRUDENCIA SOBRE CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA (LA SALA FINALMENTE PUBLICÓ ESTA SENTENCIA EL 30/4/2025 SIN ESA "JURISPRUDENCIA")

 

ÚLTIMA JURISPRUDENCIA SOBRE CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA

Sala de Casación Civil N° 182 - 25/4/2025

Expediente N° 000240

(LA SALA FINALMENTE PUBLICÓ ESTA SENTENCIA EL 30/4/2025,  SIN ESA "JURISPRUDENCIA")

Publica Abg. Rafael Medina Villalonga

PEDIMOS DISCULPAS  A NUESTROS LECTORES POR LAS POSIBLES MOLESTIAS CAUSADAS Y LA MALA ORIETACIÓN DERIVADA DE LA PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA QUE AHORA BORRAMOS.

El 25/4/2025, cuando publicamos esa sentencia, hicimos la siguiente advertencia:

Aunque las resoluciones contenidas en esta sentencia no tienen caracter vinculante y no se ha ordenado su publicación en la Gaceta Judicial ni en la gaceta oficial, los tribunales de instancia con competencia en lo civil, mercantil, y tyránsito, habrán de acoger sus postulados, en virtud dela norma del artículo 321 del Código de procedimiento y de los principios de Confianza Legítima y Expextativa Plarsible, en obsequio de la seguridad jurídica.

Revisamos las facultades administrativas concedidas a la Sala de Casación Civil por la Ley Orgánica del TSJ (Arts. 28 y 36) y no encontramos allí las facultades que le permitan modificar las normas procesales vigentes sobre citación y notificaciones.

 “Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de abril de dos mil veinticinco. Años: 215 de la Independencia y 166 de la Federación”.

DESCONOCEMOS LAS RAZONES POR LAS QUE SE MODOFICÓ EL TEXTO DE ESA SENETNCIA.

 

“Presidente de la Sala y Ponente.

HENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA

 

Vicepresidente y Ponente.

JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA

 

Magistrada y Ponente

CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS

Secretario,
PEDRO RAFAEL VENERO DABOÍN

 

Exp. N° AA20-C-2024-000240”

 

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