martes, 22 de octubre de 2019

CORTE DE ARICA ACOGE AMPARO Y DEJA SIN EFECTO EXPULSIÓN DE 16 CIUDADANOS VENEZOLANOS


Chile, 10 de septiembre 2019

“El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional y dejó sin efecto los decretos de expulsión, dictados durante el primer semestre del año, por falta de fundamentos, y la orden de no innovar decretada”.

“En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado en contra de la Intendencia Regional, que decretó la expulsión del país de 16 ciudadanos venezolanos que habrían ingresado clandestinamente al territorio nacional.
La sentencia, rol 164-2019, sostiene que, las resoluciones atacadas, devienen en arbitrarias por ausencia de fundamentos, motivo por el cual la presente acción constitucional será acogida, al afectar la libertad ambulatoria de los ciudadanos de nacionalidad venezolana, ya individualizados, que se encuentran sujetos a la medida de expulsión del territorio nacional.

La resolución agrega que así como lo ha sostenido la Excma. Corte Suprema en las causas Roles N°21.915-16 de 30.05.2017 y 20.098-19 de 22.07.2019, la resoluciones recurridas igualmente se tornan en ilegal si la misma presenta como única motivación fáctica el ingreso clandestino al territorio, el cual, no fue eficazmente investigado por las autoridades llamadas por ley a hacerlo con el objeto de establecer su efectiva ocurrencia, y que pese a ello, se la invoca en un acto administrativo de grave trascendencia, lo que ilustra sobre la desproporcionalidad de la medida, desconociéndose el resto de los elementos que deben ponderarse en este tipo de asuntos.

Por lo tanto, concluye que se acoge el recurso de amparo, deducido en favor de: Hadzer Alejandro Rangel Bravo, Alexis José Ortiz Sánchez, Edwin Alejandro Rivas Gil, Carlos José Gari Mendoza, Grecia Alejandra Aponte Ruiz,  Bárbara Leanci Morillo Balza, Jackson Díaz Roa, Andrés Alejandro González Merchán, Sandi Arnaldo Colorado, Miguel Ángel López Semprun Renato Antonio Pérez Castillo, Anthony Jesús Salazar Rodríguez, Luis Alfredo Pérez Castillo, Carlos Manuel Fuenmayor Arias, Rosángela Omaña Álvarez,  Skarleth de los Ángeles Medina Marcano, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota y la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, en consecuencia, se dejan sin efecto los decretos de expulsión, respecto de cada uno de los amparados, los cuales se encuentran ya individualizados.
Comuníquese lo resuelto a la Intendencia recurrida y al Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile.”

Tomado de: DIARIO CONSTITUCIONAL .cl

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