lunes, 28 de enero de 2019

EFECTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS DEL RECONOCIMIENTO DE GOBIERNO

El “Reconocimiento de Gobierno” es una figura jurídica de Derecho Internacional Público, que apareja un conjunto de derechos y deberes al gobierno reconocido como tal, para con el Estado o Estados que le brinden ese reconocimiento. También trae consigo variados efectos políticos, entre los países vinculados por este reconocimiento.

Cúmpleme aclarar que el Estado, como categoría jurídica es distinto del Gobierno. Entre ellos hay una relación de continente a contenido, donde el Estado es el continente y el Gobierno es el contenido. Por el hecho de que el Gobierno cambie no cambia el Estado.

Algunos de los efectos más importantes del “Reconocimiento de Gobierno” son:

1) Capacidad del nuevo Gobierno reconocido, para representar al Estado venezolano como verdadero Sujeto de Derecho Internacional; y para ejercer derechos y cumplir deberes frente a los demás Estados de la comunidad internacional que lo hayan reconocido.

2) Capacidad del nuevo Gobierno reconocido para establecer o mantener relaciones diplomáticas con los otros Estados que lo hayan reconocido; y designar válidamente embajadores en los demás Estados y Organizaciones internacionales como ONU, OEA, Comunidad Europea, Mercosur, etc.

3) Capacidad  del nuevo Gobierno reconocido para suscribir y denunciar tratados y convenios internacionales; y actuar como órgano legítimo de las relaciones exteriores del Estado Venezolano.

4) Inmunidad de jurisdicción del nuevo Gobierno y del nuevo presidente; y plena capacidad para actuar en juicios internacionales; Corte internacional de justicia; Corte Penal Internacional y Centro Internacional de Arbitraje Comercial y otros.

5) Seguridad para los otros Estados en la validez de los actos jurídicos internacionales realizados por el nuevo Gobierno en representación del Estado venezolano.

6) Certeza de la validez y responsabilidad Estatal en el cumplimiento de obligaciones derivadas de las transacciones económicas y financieras, realizadas a través del nuevo Gobierno reconocido; tales como empréstitos del FMI; Banco Mundial; Banco Interamericano de Desarrollo, etc.

7) Certeza de la validez y responsabilidad Estatal en el cumplimiento de obligaciones derivadas de la emisión de bonos y acuerdos financieros bilaterales con los países que hayan reconocido el nuevo Gobierno.

8) Certeza de la validez y responsabilidad Estatal en el cumplimiento de obligaciones derivadas de las transacciones comerciales, como venta de petróleo y exportaciones e importaciones de mercancías.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario