Sala de casación social N°886 / 17-7-2014
“… siendo que esta Sala de Casación Social, no actúa como una tercera instancia nacional, razón por la cual no puede descender a las actas del expediente, a fin de resolver asuntos que corresponden a la soberana apreciación del Juez de Instancia, por tanto, se verifica que la recurrida no adolece del vicio que se le acusa…”
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