viernes, 28 de febrero de 2020

LOS RECURSOS NATURALES Y EL DERECHO DE PROPIEDAD


Chile, 23 de febrero, 2020

“Imprudencia Constitucional III”
Por Francisco Orrego

“En esta oportunidad me quiero detener a desenmascarar los mitos y “cuchufletas” en torno al resguardo y protección del derecho de propiedad sobre los derechos de aprovechamiento de aguas (DDA) y las concesiones mineras, y los riesgos que aquellas “cuchufletas” conllevan para la libertad de todos los chilenos (…) De cara al proceso constituyente, convengamos en que el premio mayor para la izquierda será eliminar, erosionar o debilitar el derecho de propiedad de los chilenos. Sin embargo, aún estamos a tiempo de detener esta imprudencia constitucional; o mejor dicho esta debacle constitucional.

En mis dos columnas anteriores me detuve a desvelar algunas de las “cuchufletas” de la izquierda chilena -que han seducido a algunos sectores minoritarios de la derecha- en relación a sus propuestas de cambiar el régimen político, eliminar el Estado subsidiario y las facultades preventivas del Tribunal Constitucional, destacando lo altamente imprudente que ellas son para nuestra democracia, y en especial, para la defensa de nuestros derechos fundamentales. En esta oportunidad me quiero detener a desenmascarar -nuevamente con respeto y convicción- los mitos y “cuchufletas” en torno al resguardo y protección del derecho de propiedad sobre los derechos de aprovechamiento de aguas (DDA) y las concesiones mineras, y los riesgos que aquellas “cuchufletas” conllevan para la libertad de todos los chilenos.

La pretensión de algunos sectores políticos por reformar la Constitución de 1980 con la idea de nacionalizar nuestros recursos naturales, debilitando con ello el derecho de propiedad que tanto irrita a cierta izquierda, no debería dejar a nadie indiferente. Los ojos están puestos en el agua y en la minería, dos recursos que han sido pilares del crecimiento y desarrollo de nuestro país en los últimos 30 años, gracias a la estabilidad y seguridad en las reglas del juego y a la protección constitucional de que gozan sus titulares. Mientras en el extranjero se destaca la calidad de la regulación y protección de los derechos de aprovechamientos de aguas y de las concesiones mineras, aquí se les pretende afectar recurriendo a argumentos tan falaces como irreales que han tenido amplia difusión. Se dice que ambos recursos fueron privatizados, lo cual es falso. Mientras el agua es un bien nacional de uso público, la propiedad de las sustancias minerales es del Estado. En ambos casos, como veremos a continuación, el Estado otorga derechos o concesiones para su uso o explotación, según el caso.

Una reciente columna del abogado y ex director general de aguas, Matias Desmadryl, en El Mercurio de Santiago, se hizo cargo de manera seria y fundamentada sobre el mito de la privatización del agua bajo el actual marco regulatorio. Nos explicaba que el Código de Aguas de 1981 “no privatizó el agua ni tampoco creó los DDA, ni, menos aún, la propiedad sobre ellos”, ya que muchos de ellos provenían desde la época de la Colonia y que la nueva legislación -como corresponde en un Estado de Derecho- solo vino a reconocerlos. Del mismo modo, el mérito de la Constitución de 1980 fue elevar a rango constitucional el derecho de propiedad sobre los DDA, otorgando mayor resguardo y certeza jurídica sobre el uso del agua, y no sobre el agua misma, como insiste falsa y majaderamente la izquierda. Aunque, por una parte, existe bastante consenso entre los expertos en la necesidad de perfeccionar la actual institucionalidad, para asegurar, entre otras cosas, una priorización del consumo humano, existe, por otra, menos rigor técnico -y más demagogia- entre los políticos de izquierda en cuanto a que la escasez hídrica producto del cambio climático se solucionaría “nacionalizando” el agua. ¡Ni Condorito necesitaría mayor explicación!.

La minería, por su parte, tampoco ha estado ajena a las “cuchufletas” de la izquierda. Se insiste también en la necesidad de “nacionalizar” los recursos mineros, olvidando -de adrede dicho sea de paso- que las minas en Chile son de dominio “absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible” del Estado de Chile desde el año 1971 (tranquilo, leyó bien; no es su presbicia). Esta expresión -que se reproduce idénticamente en la Constitución de 1980- fue incorporada en la Constitución de 1925 con ocasión de la nacionalización del cobre por el ex Pdte. Salvador Allende, dándose la curiosa paradoja que tanto el gobierno marxista-socialista como el gobierno militar mantuvieron el dominio del Estado sobre los recursos mineros en términos idénticos. El ex Pdte. Allende decía al respecto: “Es necesario dejar establecida clara y definitivamente que el Derecho que el Estado tiene sobre las minas… es un perfecto derecho de propiedad o dominio con todas las características de la esencia y la naturaleza del mismo, de modo que los particulares no han podido adquirir sobre esos bienes sino los derechos específicos comprendidos en los términos de la respectiva concesión”.

Por otro lado, el régimen concesional en minería, al igual que en el caso de los DDA, tampoco es un invento de la Constitución de 1980 -que solo les concedió una protección constitucional expresa- ni del Código de Minería de 1984, sino que su origen se remonta al Código de 1932 y anteriores cuerpos legales, pudiendo remontarse, incluso, al siglo 19. En su virtud, el Estado -sin perder su dominio- confiere a sus titulares el derecho de explorar y explotar los recursos mineros. En consecuencia, si las minas son del Estado desde el año 1971 y si dos gobiernos de distinto signo político mantuvieron su reconocimiento constitucional en iguales términos, ¿qué sentido tiene seguir insistiendo en la “nacionalización” de algo que ya es de todos los chilenos? Y si las concesiones mineras solo otorgan derechos específicos -como reconocía Allende- a sus titulares, ¿qué sentido tiene seguir cuestionando un sistema que tiene larga tradición y aplicación en Chile? La única respuesta posible es el afán de la izquierda de vendernos otra “cuchufleta” más. ¡A estas alturas parecería que las “cuchufletas” son más baratas por docena!.

Pero la izquierda quiere ir más allá. No se limita al agua y a la minería en general. Tiene también puestos sus ojos -deliberadamente- en la minería del litio y en la Ley de Pesca.

Sabiendo que unos y otros solo pueden ser objeto de expropiación -con su debida y justa indemnización-, un grupo de parlamentarios de izquierda -mediante su clásica “cuchufleta”- patrocina dos proyectos de ley: uno para declarar la explotación del litio como de interés nacional y otro para anular la Ley de Pesca, procurando con ello desafiar la institucionalidad vigente y erosionar el Estado de Derecho, al promover proyectos de ley que son a todas luces inconstitucionales. A través de este tipo de iniciativas, la izquierda solo busca debilitar el derecho de propiedad y la certeza jurídica. No nos engañemos. Este es el objetivo final: atentar contra el derecho más crítico en el ordenamiento jurídico-económico a nivel constitucional. Hoy lo persigue a través de este tipo de proyectos. A partir de abril próximo lo espera completar bajo la discusión de una nueva Constitución.

El movimiento social del 18/O puso en acción -más por debilidad que convencimiento- un proceso constitucional que es irreversible, salvo que -en abril próximo- valoremos la importancia de la libertad individual. Habiendo tenido la oportunidad de propiciar un pacto político y reformas constitucionales a través de mecanismos institucionales, la clase política prefirió tomar un camino lleno de incertezas y lomos de toro. Un camino donde la libertad individual tiene un claro oponente: la izquierda -bajo la batuta de aquella más radical y con el silencio cómplice de aquella más moderada-, que hasta ahora ha preferido invadirnos de “cuchufletas” y eslóganes, eludiendo dar a conocer sus propuestas a los chilenos de manera seria y transparente. Pero no debe sorprendernos.

No es una estrategia novedosa. Vale la pena evocar al periodista estadounidense Clarence Lee Swartz (1868-1936), quien afirmaba que “una de las pruebas a cualquier movimiento social para saber si respeta la libertad individual es: ¿Abolirá el movimiento la propiedad privada? Si es así, es un enemigo de la libertad. Uno de los más importantes elementos de la libertad es el derecho a la propiedad sobre los productos del propio trabajo. Socialistas de Estado, Comunistas, Sindicalistas y Anarquistas-Comunistas niegan la propiedad privada”. Ha pasado más de un siglo, y esta cita sigue siendo apropiada.

De cara al proceso constituyente, convengamos en que el premio mayor para la izquierda será eliminar, erosionar o debilitar el derecho de propiedad de los chilenos. Será una de las batallas emblemáticas del proceso. Sin embargo, aún estamos a tiempo de detener esta imprudencia constitucional; o mejor dicho esta debacle constitucional. A estas alturas del partido no hace falta insistir en que sin una adecuada protección del derecho de propiedad ningún otro derecho es posible; es la “madre de todos los corderos”. De modo que lo que aquí se juega no es trivial ni accesorio. Necesitaremos, pues, de lideres que sean capaces de defender el derecho de propiedad sin complejos ni tibieza. Como decía mi amigo Winston: “No es un momento para la comodidad y el confort. Es el momento de la osadía y resistencia”. De no ser así, mejor cambiemos el emblema nacional por “Con el agua hasta el cuello” o “Estamos bien el refugio los 19.000.000”, solo por hacer honor al agua y a la minería.

Confieso que pensé en formar un nuevo partido político bajo el nombre de “No + Cuchufletas” pero me acordé de un tal Hamilton y se me quitaron las ganas. Por ahora me despido con un simple pero sonoro ¡Adiós cuchufletas!”

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