lunes, 29 de febrero de 2016

EJECUCIÓN DE FIANZA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO


08 -0001 - Mediante la sentencia N° 00108 publicada el 10 de febrero de 2016, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Marco Antonio Medina Salas, declaró Con Lugar la demanda de ejecución de los contratos de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, contra la Aseguradora Nacional Unida de Seguros, S.A. (UNISEGUROS), en su condición de fiadora y principal pagadora de las obligaciones asumidas por la sociedad mercantil Aliva Stump, C.A., con ocasión del contrato N° COC-022-2001-03, suscrito en fecha 18 de enero de 2002 cuyo objeto es el suministro, instalación y equipamiento de los ascensores de pasajeros y las escaleras mecánicas en el Edificio Metrolimpo, ubicado en el Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda. En dicho fallo, la mencionada Sala condenó a la empresa demandada a pagar a la actora, lo siguiente: 1) la suma de Trece Millones Ciento Ochenta Mil Setecientos Sesenta y Tres Bolívares con Siete Céntimos (Bs. 13.180.763,07), por concepto de ejecución del Contrato de Fianza de Anticipo número 101-31-2023527, de fecha 30 de abril de 2002; 2) El monto de Dos Millones Seiscientos Sesenta Mil Doscientos Noventa y Siete Bolívares con Setenta y Dos Céntimos (Bs. 2.660.297,72), por la ejecución del Contrato de Fianza de Fiel Cumplimiento número 108-31-2001044 suscrito el 21 de abril de 2004; y 3) los intereses moratorios de las referidas cantidades.

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