miércoles, 9 de noviembre de 2016

PROCEDIMIENTO PREVIO AL DESALOJO DE VIVIENDA



Sala Constitucional N° 823 / 18-10-2016

15 -1447 - Sentencia N° 823, dictada el 18 de octubre de 2016, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, a través de la cual se dispuso que el procedimiento administrativo previo al que se refieren los artículos 5 y siguientes del Decreto N° 8.190 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, no le resulta aplicable a aquellos ciudadanos, que aun figurando como arrendatarios en el contrato respectivo, no ocupen el inmueble arrendado.

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