martes, 9 de agosto de 2016

CASACIÓN CONTRA SENTENCIAS DE ESTADO Y CAPACIDAD

Sala Constitucional N° 373 / 17-5-2016

“En adición a lo anterior, observa esta Sala que contra dicha decisión el accionante instauró juicio de invalidación, el cual fue declarado sin lugar mediante sentencia definitiva que dictó el mismo Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 13 de febrero de 2013, decisión contra la que el supuesto agraviado no ejerció el correspondiente recurso extraordinario de casación, el cual tenía a su disposición con independencia de que la demanda fuese estimada en cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,00), por cuanto la causa que se pretendía invalidar versaba sobre una acción mero declarativa de establecimiento de unión concubinaria, es decir, sobre estado y capacidad de las personas, cuyas sentencias son susceptibles de ser recurridas en casación, con independencia de la naturaleza o cuantía del juicio en que haya sido dictada, o de que se haya estimado o no el interés del juicio.  (Vid. Sentencia de la Sala de Casación Civil N° 302 del 26 de mayo de 2009, caso: Belén Elizabeth Prieto Romero contra Sucesión de Saturnino Simón Silva Camero), lo que hace que se configure también contra el aludido fallo, la causal de inadmisibilidad establecida en el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales”.

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