RESPUESTA
A CONSULTA SOBRE APLICABILIDAD DEL DECRETO SOBRE DESALOJO ARBITRARIO DE
VIVIENDA
Hola José. En el artículo que publicamos en
nuestra página, www.abogadosveritaslex.com.ve, al que tú haces referencia, se
lee que las normas protectoras de ese decreto se aplican solamente a los
poseedores y tenedores legítimos, es decir a las personas que tienen o poseen
el inmueble por justo título.
Unos invasores no detienen un inmueble por justo título, no poseen
legítimamente, lo ocupan mediante una acción delictiva (invasión).
El Código Penal en su artículo 471-A, sanciona el delito de invasión con
prisión de diez años.
De un hecho delictivo -invasión del terreno- no puede nacer derecho
alguno a los invasores. Cuando construyeron esas casas lo hicieron de mala fe,
fundados en un hecho doloso y delictivo.
En consecuencia, el decreto sobre desalojo arbitrario de viviendas no
los protege.
Saludo.
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