PRÓRROGA DEL DECRETO DE ESTADO EMERGENCIA ECONÓMICA
Sala Constitucional N° 3 – 10/2/2026
Publica Abg. Rafael Medina Villalonga
“Por las
razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley,
declara:
1.- Su COMPETENCIA para
revisar la constitucionalidad del N.º Decreto N.° 5.242 de fecha 8 de febrero
de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N.° 6.982 Extraordinario de
la misma fecha, mediante
el cual la Presidenta Encargada de la República (según sentencia N° 1 del 3 de
enero de 2026, dictada por esta Sala Constitucional), prorroga por sesenta (60)
días la vigencia del Decreto N.° 5.190, dictado por el Presidente de la
República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se declaró el Estado
de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, de conformidad con la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico”.
“2.-
La CONSTITUCIONALIDAD Decreto N.º 5.242 de fecha 8 de febrero
de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N.º 6.982 mediante el cual la Presidenta Encargada de la
República prorroga por sesenta (60) días la vigencia del Decreto N.° 5.190,
dictado por el Presidente de la República Bolivariana de
Venezuela, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica
en todo el Territorio Nacional, de conformidad con la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, de conformidad
con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento
jurídico, por un lapso de sesenta (60) días; publicado en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela N.° 6.944, Extraordinario de fecha 8 de
diciembre de 2025”.
“3.- Se
ordena la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la
página web de este Tribunal Supremo de Justicia, en cuyo sumario deberá
indicarse lo siguiente:
“Sentencia de
la Sala Constitucional que declara la CONSTITUCIONALIDAD Decreto
N.º 5.242 de fecha 8 de febrero de 2026,
publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N.º 6.982 Extraordinario de
la misma fecha, mediante
el cual la Presidenta Encargada de la República prorroga por sesenta (60) días
la vigencia del Decreto N.° 5.190, dictado por el Presidente de la República
Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se declaró el Estado de
Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, de conformidad con la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico,
de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y
su ordenamiento jurídico, por un lapso de sesenta (60) días; publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N.° 6.944, Extraordinario de fecha 8 de diciembre de 2025”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario