martes, 20 de agosto de 2024

OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO SOBRE ALEGATOS Y PRUEBAS, VIOLA DERECHO A LA DEFENSA, DEBIDO PROCESO Y TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO SOBRE ALEGATOS Y PRUEBAS, VIOLA DERECHO A LA DEFENSA, DEBIDO PROCESO Y TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

Sala Constitucional N° 005 - 5/2/2024

Publica Abg. Rafael Medina Villalonga

 

“Sostiene esta Sala que presentar alegatos y esgrimir defensas en juicio tiene como finalidad el obtener por parte del órgano jurisdiccional que debe dirimir la controversia, una decisión justa y razonable.”

 

“Al respecto, en sentencia N 1967 del 16 de octubre de 2001, (Lubricantes Castillos, C.A.) la Sala dispuso lo siguiente: La Sala considera que aquellos casos en que el tribunal deje de efectuar pronunciamiento sobre una pretensión, y quede, por tanto, la cuestión planteada sin juzgar, se produce una situación de indefensión que vulnera el derecho de las partes a exponer los alegatos que estimen pertinentes para sostener la situación más conveniente a sus intereses. Sostiene esta Sala que presentar alegatos y esgrimir defensas en juicio tiene como finalidad el obtener por parte del órgano jurisdiccional que debe dirimir la controversia, una decisión justa y razonable. En este sentido, la omisión de pronunciamiento sobre lo alegado por una de ellas constituye una actuación indebida del órgano jurisdiccional, vulneradora del derecho a la defensa y la garantía del debido proceso de la parte cuyos alegatos fueron omitidos en el pronunciamiento del tribunal, lo que afecto el derecho a la tutela judicial efectiva.”

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