domingo, 1 de septiembre de 2024

UNA DEFINICIÓN JURISPRUDENCIAL DE MÁXIMAS DE LA EXPERIENCIA

 

UNA DEFINICIÓN JURISPRUDENCIAL DE MÁXIMAS DE LA EXPERIENCIA

Sala de Casación Social N° 244 – 15/11/2022

Publica Abg. Rafael Medina Villalonga

 

El recodado profesor Luís Aquiles Mejía Arnal, en el postgrado de derecho procesal, al explicarnos cómo las máximas de la experiencia sirven para darle cuerpo a los conceptos indeterminados que aparecen en algunas normas jurídicas, nos ilustró este concepto con un ejemplo simple y contundente: “el agua siempre corre hacia abajo”.

 

“Las máximas de experiencia son juicios hipotéticos de contenido general, sacados de la experiencia, sean leyes tomadas de las distintas ramas de la ciencia o de simples observaciones de la vida cotidiana, es decir, son reglas de la vida y de la cultura general formadas por inducción. Estas máximas de experiencia no precisan ser probadas, por ser un conocimiento común de lo que generalmente acontece, por lo que el juez tiene la facultad de integrarlas o no, al ser parte de su experiencia de la vida, a las normas jurídicas adecuadas para resolver una controversia.”

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