UNA
DEFINICIÓN JURISPRUDENCIAL DE MÁXIMAS DE LA EXPERIENCIA
Sala de
Casación Social N° 244 – 15/11/2022
Publica
Abg. Rafael Medina Villalonga
El recodado profesor
Luís Aquiles Mejía Arnal, en el postgrado de derecho procesal, al explicarnos cómo
las máximas de la experiencia sirven para darle cuerpo a los conceptos indeterminados
que aparecen en algunas normas jurídicas, nos ilustró este concepto con un
ejemplo simple y contundente: “el agua siempre corre hacia abajo”.
“Las máximas de experiencia son juicios hipotéticos
de contenido general, sacados de la experiencia, sean leyes tomadas de las
distintas ramas de la ciencia o de simples observaciones de la vida cotidiana,
es decir, son reglas de la vida y de la cultura general formadas por inducción.
Estas máximas de experiencia no precisan ser probadas, por ser un conocimiento
común de lo que generalmente acontece, por lo que el juez tiene la facultad de
integrarlas o no, al ser parte de su experiencia de la vida, a las normas
jurídicas adecuadas para resolver una controversia.”
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