CONSTITUCIÓN
NACIONAL DE VENEZUELA
Venezuela,
12 de febrero 2025
Publica
Abg. Rafael Medina Villalonga
“Artículo
5.- La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce
directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley; e
indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los
órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.”
“Artículo
25.- Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los
derechos garantizados por esta Constitución y la ley, es nulo y los
funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten
incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin
que les sirvan de excusa órdenes superiores.”
“Artículo
138.- Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.”
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