miércoles, 12 de febrero de 2025

CONSTITUCIÓN NACIONAL DE VENEZUELA

 

CONSTITUCIÓN NACIONAL DE VENEZUELA

Venezuela, 12 de febrero 2025

Publica Abg. Rafael Medina Villalonga

 

“Artículo 5.- La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley; e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.”

 

“Artículo 25.- Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley, es nulo y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.”

 

“Artículo 138.- Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.”

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