En Gaceta nuevo aumento del salario mínimo
De acuerdo con la Gaceta Oficial número 40.769,
publicada el lunes 19 de octubre de 2015, se oficializó el aumento del
salario mínimo nacional.
Un
aumento del 30% del salario mínimo y la modificación en la base de cálculo del
ticket de alimentación de 0,75% a 1,5% UT y de 22 a 30 días, anunció este
jueves 15 de octubre de 2015 el presidente de la República, Nicolás Maduro.
"Esto
es una inversión extraordinaria de casi 100 mil millones de bolívares extras de
cierre de año (...) Inmediatamente deben ajustarse todas las tablas de la
administración pública, de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB)",
declaró desde la Siderúrgica del Orinoco Alfredo Maneiro (Sidor), ubicada en el
estado Bolívar.
Según
el mandatario nacional, este aumento va "mucho más allá" de lo que
será la inflación durante el 2015, de acuerdo con proyecciones que le ha
presentado (en exclusiva) el Banco Central de Venezuela (BCV) y el
Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
"Puede
estar alrededor del 80%, me dicen son las proyecciones, ahora le corresponde a
ellos anunciar esas estadísticas", agregó. El BCV lleva nueve meses sin
publicar las cifras oficiales. La Ley establece que debe presentarlas los
primeros 10 días de cada mes.
Con
este incremento (el cuarto que se realiza durante el año 2015), el salario
mínimo pasará de 7.421,66 bolívares a 9.649 bolívares, y el bono que se
paga por la Ley de alimentación quedará en Bs. 6.750. Así, el ingreso de los
trabajadores será de 16.399 bolívares.
Asimismo,
la Presidencia fijó en Bs. 7.175,18 el
sueldo de aprendices Inces en entidades públicas y privadas. El salario por jornada diurna aplicable a
los aprendices será calculado con base a resultante del salario mínimo mensual.
De
igual forma, quedó fijado como monto mínimo las pensiones de los jubilados y pensionados de la administración pública, el salario
mínimo nacional de Bs. 9.648,18,
así como el de las pensiones pagadas
por el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (Ivss).
De
acuerdo al Decreto Presidencial N
2.056, el salario mínimo
nacional mensual será
“obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de
Venezuela”.
El
aumento entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre y aplicará para los
trabajadores del sector público y privado.
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