Chile, 10 de septiembre 2019
“El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional y dejó sin efecto
los decretos de expulsión, dictados durante el primer semestre del año, por
falta de fundamentos, y la orden de no innovar decretada”.
“En fallo
dividido, la Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo
presentado en contra de la Intendencia Regional, que decretó la expulsión del
país de 16 ciudadanos venezolanos que habrían ingresado clandestinamente al
territorio nacional.
La sentencia, rol 164-2019, sostiene que, las resoluciones atacadas, devienen en arbitrarias por ausencia de fundamentos, motivo por el cual la presente acción constitucional será acogida, al afectar la libertad ambulatoria de los ciudadanos de nacionalidad venezolana, ya individualizados, que se encuentran sujetos a la medida de expulsión del territorio nacional.
La sentencia, rol 164-2019, sostiene que, las resoluciones atacadas, devienen en arbitrarias por ausencia de fundamentos, motivo por el cual la presente acción constitucional será acogida, al afectar la libertad ambulatoria de los ciudadanos de nacionalidad venezolana, ya individualizados, que se encuentran sujetos a la medida de expulsión del territorio nacional.
La
resolución agrega que así como lo ha sostenido la Excma. Corte Suprema en las
causas Roles N°21.915-16 de 30.05.2017 y 20.098-19 de 22.07.2019, la
resoluciones recurridas igualmente se tornan en ilegal si la misma presenta
como única motivación fáctica el ingreso clandestino al territorio, el cual, no
fue eficazmente investigado por las autoridades llamadas por ley a hacerlo con
el objeto de establecer su efectiva ocurrencia, y que pese a ello, se la invoca
en un acto administrativo de grave trascendencia, lo que ilustra sobre la
desproporcionalidad de la medida, desconociéndose el resto de los elementos que
deben ponderarse en este tipo de asuntos.
Por lo
tanto, concluye que se acoge el recurso de amparo, deducido en favor de: Hadzer
Alejandro Rangel Bravo, Alexis José Ortiz Sánchez, Edwin Alejandro Rivas Gil,
Carlos José Gari Mendoza, Grecia Alejandra Aponte Ruiz, Bárbara Leanci
Morillo Balza, Jackson Díaz Roa, Andrés Alejandro González Merchán, Sandi
Arnaldo Colorado, Miguel Ángel López Semprun Renato Antonio Pérez Castillo,
Anthony Jesús Salazar Rodríguez, Luis Alfredo Pérez Castillo, Carlos Manuel
Fuenmayor Arias, Rosángela Omaña Álvarez, Skarleth de los Ángeles Medina
Marcano, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota y la
Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, en consecuencia, se dejan sin
efecto los decretos de expulsión, respecto de cada uno de los amparados, los
cuales se encuentran ya individualizados.
Comuníquese lo resuelto a la Intendencia recurrida y al Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile.”
Comuníquese lo resuelto a la Intendencia recurrida y al Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile.”
Tomado de: DIARIO
CONSTITUCIONAL .cl
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