martes, 26 de febrero de 2019

DOCTRINA MONROE


POLÍTICA Y DERECHO INTERNACIONAL
EN RELACIÓN A LA ACTUALIDAD VENEZOLANA

Serie de extractos y resúmenes conceptuales sobre Derecho Internacional Público, tomados del libro de texto de la profesora Aura González de Mansilla.
I
DOCTRINA MONROE

Texto de la doctora Aura González de Mansilla
Lecciones de Derecho Internacional Público II

El presidente Monroe formula en su próximo mensaje al Congreso la declaración que dio origen a la Doctrina que lleva su nombre.

- Contenido de la Doctrina: podemos distinguir en el mensaje tres principios: no colonización, no intervención y aislamiento.

1. Principio de no colonización: tomando en cuenta las ambiciones rusas sobre Alaska, en el párrafo 7° el mensaje sienta el principio de no colonización futura de los territorios americanos por parte de países europeos:
“Un principio que afecta a los derechos y a los intereses de los Estados Unidos es el de que los Continentes Americanos, por la libre e independiente condición que han adquirido y que mantienen, no deben, en lo sucesivo, ser considerados sujetos de ulterior colonización por parte de ninguna potencia europea”.

2. Principio de no intervención: como reacción a las amenazas de la Santa Alianza, los Estados Unidos declaran su oposición a las tentativas de intervención de las potencias europeas en América. En los párrafos 48 y 49 del mensaje se lee:
“El sistema político de las Potencias aliadas es esencialmente distinto al de América… Debemos, por la franqueza de las relaciones amistosas que existen entre Estados Unidos y esas Potencias, declarar que consideramos toda tentativa de su parte para extender su sistema político a cualquier posición de este hemisferio como peligrosa para nuestro país y seguridad… Frente a los gobiernos que han proclamado su independencia y que la mantienen, la cual hemos reconocido por motivos serios según principios de justicia, no podríamos ver ninguna interposición por una Potencia europea con el propósito de oprimirlos o controlar de cualquier manera sus destinos, sino como manifestación de una disposición inamistosa hacia los Estados Unidos”.

3. Principio de aislamiento: finalmente Monroe proclama lo que se ha llamado “principio de aislamiento”:
“Nuestra política respecto a Europa que ha sido adoptada desde el comienzo de las guerras que han agitado tanto tiempo esa parte del mundo, permanece igual, es decir, no intervendremos en los asuntos internos de ninguna Potencia europea, consideraremos el gobierno de hecho como gobierno legítimo, cultivaremos relaciones amistosas con todas las Potencias, mantendremos estas relaciones por una política franca, fuerte y viril. En las guerras entre Potencias europeas, por lo menos en las cuestiones que únicamente a ellas conciernen, ni hemos intervenido ni intervendremos. Solamente cuando nuestros derechos sean afectados o seriamente amenazados, responderemos a las injurias o nos prepararemos para la defensa”.

- Aplicación de la Doctrina Monroe: desde los tiempos del Presidente Monroe la Doctrina que lleva su nombre se ha ido desarrollando gradualmente, hasta el punto de que los Estados Unidos pretenden ejercer una especie de hegemonía política sobre todos los Estados americanos. Donde quiera que se produce un conflicto entre un Estado americano y una Potencia europea, sobre todo si puede tener consecuencias territoriales en el Continente Americano, los Estados Unidos están dispuestos a intervenir. Sin embargo, la Doctrina Monroe no fue invocada en varias ocasiones, como para impedir la ocupación de las islas Malvinas en 1833 y Belice en 1835 por Gran Bretaña. En 1838 Francia intervino y realizó un bloqueo en el Río de la Plata, al cual se unió Gran Bretaña en 1841, para defender a Uruguay de las tentativas de ocupación argentinas, los Estados Unidos no intervinieron. En el mismo año de 1838 Francia bloqueó el puerto mexicano de Veracruz y la fortaleza de San Juan de Ulloa, ocupando estos territorios, sin que los Estados Unidos se opusieran. Durante la Guerra de Secesión se presentaron numerosos y graves problemas internos, por lo que los Estados Unidos no pudo evitar la ocupación de Santo Domingo por España en 1861 ni evitar la ocupación de México por el ejército francés con el objeto de implantar un imperio bajo su hegemonía, sin embargo, fue persistente formulando en París y en Madrid las objeciones y advertencias que consideraba oportuna. Ante la ocupación de las Islas Chinchas (de Ecuador) por parte de una armada española en 1864 tampoco intervinieron los Estados Unidos. En 1865 y ante la resistencia con la que tropezó, España se retiró de Santo Domingo. Una vez terminada la Guerra de Secesión los Estados Unidos ejercieron presión para que las fuerzas francesas abandonasen México, lo cual se logró en 1866.

En 1895 intervinieron en el conflicto de fronteras entre Gran Bretaña y Venezuela invocando la Doctrina Monroe con extraordinaria energía; pero en 1902, al producirse la intervención colectiva de Alemania, Gran Bretaña e Italia contra Venezuela se atenuó el rigor de la doctrina.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario